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ALEGACIONES QUE PRESENTAN LAS CONFEDERACIÓNES ANDALUZAS DE PADRES DE ALUMNOS ( UFAPA-CONFAPA ) A LA LEY DE EDUCACION DE ANDALUCIA

ALEGACION GENERAL .

Conocido el Anteproyecto de Ley de Educación de Andalucía (LEA), propuesto por la Consejeria de Educación, desde las Confederaciones de Padres de Alumnos (UFAPA-CONFAPA), hemos de indicar que nos parece arriesgado plantear un texto normativo de tanta trascendencia, que solo ha contado con un mes para el debate, y que las alegaciones que se piden realizar se tengan que hacer durante el mes de agosto, pues cabe la poca participación de las organizaciones implicadas y de la sociedad en general.

A pesar de ello realizamos las siguientes alegaciones, valorando positivamente:

•  Que se recoja alusión a la “autoridad del profesor ” (Articulo 7.1).

•  Que quede plasmado que el alumno tiene derecho a recibir una educación que tenga en cuenta sus capacidades, así como que se respete su libertad de conciencia y convicciones religiosas, intimidad, integridad y dignidad. Articulo 6 b) y d) y 7 d).

No obstante lo anterior consideramos como cuestiones preocupantes :

•  Que ahora que toca actuar a la Consejeria de Educación, esta Ley no sea producto de “ un Pacto por la Educación”, tan demandado por todos los Estamentos de la Enseñanza en Andalucía, durante tanto años.

•  Basar un texto legal, en algo como la Sociedad del Conocimiento , que no está implantada en sus totalidad en nuestra Comunidad Autónoma, nos parece un error, máxime cuando los Centros Privados Concertados y las familias que libremente han escogidos este tipo de enseñanza para sus hijos (Articulo 27 de la Constitución) quedan excluidos de alcanzar esos beneficios.

•  Que la redacción de todo el texto esté encauzado , según nuestro entender, hacia la escuela publica , sin tener en cuenta la realidad de la red de centros existente, y por tanto no da respuesta a las demandas de la Sociedad Andaluza.

•  Que el texto propuesto no contenga las recomendaciones realizadas por el Consejo Escolar de Andalucía , que elaboro un informe consensuado y aprobado por todas las organizaciones representadas en el mismo.

•  No se puede aceptar la imposición de un modelo “ laico ” de escuela, cuando no es la realidad que vive la Sociedad Andaluza, ni el día a día de los centros sostenidos con fondos públicos.

•  Es preocupante que una Ley de Educación para el siglo XXI, haga diferenciación de trato entre centros sostenidos con fondos públicos , teniendo en cuenta si son de titularidad publica o privada. La redacción está hecha desde una perspectiva de la enseñanza publica

•  Que una Ley de Educación para nuestra Comunidad Autónoma de cara al siglo XXI, acreciente las diferencias entre las familias y los centros , y por tanto en la calidad educativa, dependiendo de si han escogido un centro de titularidad publica o un centro de titularidad privada para formara sus hijos.

•  Nos preocupa igualmente, el confucionismo existente en el texto articulado propuesto, sobre los conceptos “ educación ” y “ enseñanza ” , sin lugar a dudas con significados diferentes. La educación le corresponde a las familias y la transmisión de conocimientos le corresponde a la escuela, siendo sabedores de que también la escuela educa, pero el papel educador que tiene la familia como primer derecho y obligación, se ve difuminado en el texto propuesto. Si se aclarara el concepto, pensamos que no serían necesarios los compromisos pedagógicos.

•  El tratamiento que se da a las familias en el texto articulado (Articulo 31), a nuestro entender es pobre. Nuevamente se pierde la posibilitar de implantar la “cultura de la participación ” en los centros educativos. Servicios y actividades que son de aplicación en todos los centros de enseñanza, y que provienen del Plan Andaluz de la Familia, son de aplicación en unos centros y en otros no. Somos los últimos en quedar reflejados en el texto articulado. (párrafo 14 de la exposición de motivos). La educación sin la familia es imposible.

•  Es preocupante el que no se contemple al profesorado de los Centros concertados en el texto articulado.  

Sin perjuicio de lo anterior y para una mejor comprensión de las alegaciones que se remiten, pasaremos a comentar algunos aspectos concretos del texto articulado del Anteproyecto.

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martes, 07 de febrero de 2012
 

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ACLARACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA Imprimir E-Mail
viernes, 25 de mayo de 2007

ACLARACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERALDE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLAA LOS TITULARES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE FERE-CECA 

El 7 y el 18 de este mes de mayo la dirección de FERE-CECA ha enviado sendas circulares a los Titulares de los Centros educativos de esa institución. En ambas se hacen referencias a la Conferencia Episcopal y, en particular, a la Declaración de la Comisión Permanente, de 28 de febrero de 2007, sobre La Ley Orgánica de Educación (LOE), los Reales Decretos que la desarrollan y los derechos fundamentales de padres y escuelas. 

La Secretaría General de la Conferencia Episcopal desea aclarar o recordar a este respecto lo que sigue:

1. La mencionada Declaración de la Comisión Permanente deja claro que a nadie le está permitido tomar medida alguna conducente a impedir o dificultar a los padres de los alumnos que hagan uso de cualquier medio legítimo a su alcance para defender el derecho que les asiste de ser ellos quienes determinen la educación moral que desean para sus hijos. La Declaración no menciona ni excluye ninguno de dichos medios ni da pie para que nadie pueda sentirse legitimado para excluir alguno de ellos.

2. “Esta Educación para la ciudadanía de la LOE - dice la Permanente – es inaceptable en la forma y en el fondo: en la forma, porque impone legalmente a todos una antropología que sólo algunos comparten y, en el fondo, porque sus contenidos son perjudiciales para el desarrollo integral de las personas”. Si fuera posible adaptar sus contenidos a la doctrina católica, esta enseñanza mantendría igualmente su condición de formación de la conciencia moral impuesta por el Estado a todos los padres y todos los centros al margen de su elección. Pero, de nuevo con palabras de la Comisión Permanente: “la autoridad pública no puede imponer ninguna moral todos: ni una supuestamente mayoritaria, ni la católica, ni ninguna otra.” 

3. Las reflexiones que se hacen en las circulares mencionadas de la dirección de FERE-CECA son de su exclusiva responsabilidad, aunque en la última de ella se diga que se ha mantenido un diálogo con la Conferencia Episcopal Española. Ha habido un diálogo con esta Secretaria General en orden a intentar aclarar de modo consensuado los aspectos de la circular de 7 de mayo que debían ser explicados en el contexto de la Declaración de la Comisión Permanente. Sin embargo, no pareció oportuno a la dirección de FERE-CECA ni consensuar un texto ni hacer una aclaración conjunta.

Madrid, 19 de mayo de 2007

 
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